martes, 28 de octubre de 2008

Patrimonio

Patrimonio

 

Patrimonio- conjunto de bienes, derechos y obligaciones que forman una universalidad jurídica de una persona y que son cuantificables.

-Los derechos pueden ser de 2 tipos: reales o de crédito. Derechos engloba bienes.

Por esto el Lic. de la Mata opina que utilizar la palabra "bienes" en la definición no es necesario.


El patrimonio tiene 2 características:

-Universalidad jurídica: conjunto abstracto. Pueden ser de hecho o fáctico (biblioteca, piara) o de derecho o jurídico (patrimonio, con nociones jurídicas).

-Cuantificable en dinero: siempre se refiere a bienes pecuniarios, no entra al patrimonio los demás derechos y obligaciones.

 

Gutiérrez y González: debemos amplificar la idea de patrimonio a todos los derechos y obligaciones.

 

El recién nacido sí tiene patrimonio, pero sólo como una posibilidad.

 

Hay 2 teorías para explicar el patrimonio:

---Patrimonio afectación (t. alemana): una persona puede tener tantos patrimonios como fines tengan éstos, y éstos no tiene que estar ligados necesariamente a la personalidad, puede existir sin sujeto titular.

En el derecho civil del D.F. no existe, en el derecho alemán la base es que el patrimonio pueda subsistir sólo.

 

-Patrimonio personalidad (t. clásica): sólo la persona tiene un patrimonio; sólo se posee un patrimonio; el patrimonio es inseparable de la persona; no se puede tener más de un patrimonio.

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